El Gobierno de Tierra del Fuego promulgó la Ley N° 1616/26, que introduce cambios en el régimen de tasas judiciales, mediante el decreto Nº 0649/26 firmado por el gobernador Gustavo Melella.
La norma modifica el artículo 6° de la Ley N° 162 y establece que, en los juicios cuyo objeto no tenga valor económico y no estén alcanzados por exenciones, deberá abonarse una tasa fija equivalente al 50% del valor de un IUS.
El pago deberá realizarse en su totalidad al inicio de las actuaciones judiciales.
La ley fue publicada en el Boletín Oficial el 16 de abril y entró en vigencia el 17 del mismo mes.




Comentarios recientes