El Gobierno nacional modificó la reglamentación de la Ley de Inversiones Mineras con el objetivo de modernizar procedimientos, reducir cargas administrativas y adecuar el régimen a las actuales condiciones productivas, tecnológicas y operativas de la actividad.

Entre los principales cambios se encuentran la simplificación del sistema de importaciones para proyectos mineros, la optimización de los mecanismos de devolución del IVA y una mayor precisión sobre los alcances de la estabilidad fiscal prevista por la legislación vigente.

La norma incorpora además la definición formal de “proyecto minero”, establece la obligatoriedad del domicilio electrónico para los trámites vinculados al régimen y reconoce la figura de los bienes reacondicionados dentro de las inversiones alcanzadas.

Asimismo, amplía el radio de integración regional para favorecer la participación de proveedores locales y establece requisitos específicos para los prestadores de servicios vinculados a la actividad minera.

En materia ambiental, la reglamentación incorpora la posibilidad de utilizar seguros ambientales obligatorios como mecanismo de garantía, en línea con las disposiciones de la Ley General del Ambiente y con el propósito de evitar superposiciones administrativas.

Según informó el Gobierno nacional, las modificaciones fueron elaboradas de manera conjunta por distintas áreas del Estado y forman parte de la política de simplificación y desburocratización orientada a promover inversiones y mejorar la relación entre el sector público y las actividades productivas.